“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

viernes, 22 de mayo de 2020

ACUERDO DE 18 DE MAYO DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO EN PERÍODO ESTIVAL PARA EL CURSO 2019-2020.

Acuerdo de 18 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Refuerzo Educativo en período estival para el curso 2019-2020.

PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO EN PERÍODO ESTIVAL PARA EL CURSO 2019/2020.


Tercero. Ámbito del programa.
El Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival se desarrollará en centros docentes públicos en horario matutino durante el mes de julio y se podrá impartir de primero a sexto de Educación Primaria
El alumnado podrá solicitar su participación para:
• Primera quincena de julio.
• Segunda quincena de julio.
• Mes completo.

Quinta. Centros participantes.
El plazo de solicitud será el que se fije en la respectiva convocatoria y se realizará a través del sistema de información Séneca, incluyendo el listado de profesorado del propio centro interesado en impartirlo…
La Dirección General competente en materia de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, publicará una resolución provisional de centros interesados en impartir el programa en el plazo que se fije en las respectivas convocatorias.
En la fecha que se fije en la respectiva convocatoria, se publicará en la página web de la Consejería competente en materia de Educación la resolución definitiva de centros participantes, así como el número de grupos autorizados en función del profesorado que haya sido adjudicado para impartir el programa en ese centro.

Séptima. Alumnado participante.
Los padres, madres o tutores legales del alumnado deberán solicitar su participación en el programa en su propio centro.
El alumnado se agrupará por cursos, con un mínimo de 5 y un máximo de 15 alumnos y alumnas en cada grupo. Excepcionalmente, para optimizar los recursos se podrá solicitar la creación de un grupo mixto, integrado por alumnado procedente de dos o más cursos de una misma etapa, previa autorización…

Decimotercera. Gratificación por servicios extraordinarios del profesorado.
El profesorado que resulte seleccionado para la impartición del programa, recibirá una gratificación por servicios extraordinarios de treinta euros por cada hora certificada de docencia directa con el alumnado. Esta gratificación será abonada en la nómina en un único pago.
A la persona que ejerza la coordinación organizativa en el centro se le abonará una hora diaria para estas funciones.
A la persona que ejerza la coordinación pedagógica se le abonará el importe correspondiente a media hora diaria por la realización de estas funciones.
 

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