Acuerdo de 18 de
mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de
Refuerzo Educativo en período estival para el curso 2019-2020.
PROGRAMA DE
REFUERZO EDUCATIVO EN PERÍODO ESTIVAL PARA EL CURSO 2019/2020.
Tercero.
Ámbito del programa.
El Programa de
Refuerzo Educativo en periodo estival se desarrollará en centros docentes
públicos en horario matutino durante el mes de julio y se podrá impartir de primero
a sexto de Educación Primaria
El alumnado
podrá solicitar su participación para:
• Primera
quincena de julio.
• Segunda
quincena de julio.
• Mes completo.
Quinta.
Centros participantes.
El plazo de
solicitud será el que se fije en la respectiva convocatoria y se realizará a través
del sistema de información Séneca, incluyendo el listado de profesorado del propio
centro interesado en impartirlo…
La Dirección
General competente en materia de Atención a la Diversidad, Participación y
Convivencia Escolar, publicará una resolución provisional de centros interesados
en impartir el programa en el plazo que se fije en las respectivas
convocatorias.
En la fecha que
se fije en la respectiva convocatoria, se publicará en la página web de la
Consejería competente en materia de Educación la resolución definitiva de
centros participantes, así como el número de grupos autorizados en función del
profesorado que haya sido adjudicado para impartir el programa en ese centro.
Séptima.
Alumnado participante.
Los padres,
madres o tutores legales del alumnado deberán solicitar su participación en el
programa en su propio centro.
El alumnado se
agrupará por cursos, con un mínimo de 5 y un máximo de 15 alumnos y alumnas en
cada grupo. Excepcionalmente, para optimizar los recursos se podrá solicitar la
creación de un grupo mixto, integrado por alumnado procedente de dos o más
cursos de una misma etapa, previa autorización…
Decimotercera.
Gratificación por servicios extraordinarios del profesorado.
El profesorado
que resulte seleccionado para la impartición del programa, recibirá una
gratificación por servicios extraordinarios de treinta euros por cada hora
certificada de docencia directa con el alumnado. Esta gratificación será
abonada en la nómina en un único pago.
A la persona que
ejerza la coordinación organizativa en el centro se le abonará una hora diaria
para estas funciones.
A la persona que
ejerza la coordinación pedagógica se le abonará el importe correspondiente a
media hora diaria por la realización de estas funciones.
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