“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

martes, 26 de septiembre de 2017

lunes, 25 de septiembre de 2017

lunes, 11 de septiembre de 2017

EL LUNES, 11 de SEPTIEMBRE de 2017 INICIO DEL HORARIO LECTIVO CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2017/2018.

Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación en Córdoba, por la que se aprueban el Calendario y la Jornada Escolar en los Centros Docentes no Universitarios para el curso académico 2017/2018.

viernes, 8 de septiembre de 2017

EL DÍA 8 de SEPTIEMBRE de 2017 ES FIESTA LOCAL en PALMA del RÍO.

El viernes, 8 de septiembre de 2016, segunda Fiesta Local en Palma del Río.

EL DÍA 8 de SEPTIEMBRE de 2017 ES FIESTA LOCAL en CÓRDOBA.

Resolución de 13 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017.

Ver en la columna derecha del blog "Vox clamantis in deserto" en el título calendarios:
Andalucía. Calendario de Fiestas Locales para el año 2017. (1 de 2).

jueves, 7 de septiembre de 2017

CIRCULAR INICIO CURSO ESCOLAR 2017/2018.

Circular relativa al inicio del curso escolar 2017/2018 en el C.E.I.P. "Victoria Díez".

Se puede acceder a las circulares del C.E.I.P. "Victoria Díez" desde los siguientes blogs:

NOMBRE del BLOG:
NOTICIAS del C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ" de HORNACHUELOS (CÓRDOBA)
URL:
Columna de la izquierda del blog.
Buscar el título: NUESTRO DROPBOX:
Hacer "clic" o doble "clic" sobre:
CIRCULARES y COMUNICACIONES.

NOMBRE del BLOG:
VOX CLAMANTIS IN DESERTO.
URL:
Columna de la derecha del blog.
Buscar el icono (imagen): CIRCULARES y COMUNICACIONES
Hacer "clic" o doble "clic" sobre la imagen (icono).

NOMBRE del BLOG:
QUIDQUID DELIRANT REGES, PLENCTUNTUR AGIVI.
URL:
Columna de la derecha del blog.
Buscar el título: ENLACES al DROPBOX del COLEGIO:
Hacer "clic" o doble "clic" sobre CIRCULARES

sábado, 2 de septiembre de 2017

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS ESCOLARES CURSO 2017/ 2018: PLAZO DE GRABACIÓN DE DATOS EN SÉNECA.

Plazo de grabación de datos: del 1 al 30 de septiembre de 2017.

Designación de responsable y equipos de apoyo:

La dirección del centro designará a una persona docente funcionaria del Cuerpo de Maestros como responsable de la biblioteca escolar, preferentemente con destino definitivo que acredite experiencia y formación en organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares, y, al menos, por dos cursos académicos.

Si la persona responsable designada no acreditase la formación y experiencia requeridas para la asunción de tal responsabilidad, debería realizar la formación pertinente.

viernes, 1 de septiembre de 2017

ABIERTO EL PLAZO PARA LA BONIFICACIÓN SOBRE EL PRECIO DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS de ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DESDE EL VIERNES, 1 DE SEPTIEMBRE HASTA JUEVES, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

La Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar establece en su artículo 25 que la bonificación que pudiera corresponder deberá solicitarse del 1 al 7 de septiembre de cada año utilizando el modelo que, como Anexo V, aparece en la Orden, en el cual deberán declararse los ingresos de la unidad familiar del periodo impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de la solicitud.
Además, todos los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años deberán estar identificados por su DNI o NIE y cumplimentarán la autorización a la Consejería competente en materia de educación para que ésta pueda obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la transmisión de datos telemáticos, la información relativa a los ingresos correspondientes de todos los miembros de la unidad familiar obligados a presentar Declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de solicitud. A estos efectos se entienden como ingresos cualquier renta susceptible de integrar el hecho imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En el supuesto de que algún miembro de la unidad familiar no esté obligado a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se requerirá de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información relativa a los certificados de retenciones expedidos por el pagador de cualquier clase de rendimientos en favor de dicho miembro de la unidad familiar. Una vez constatado que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no dispone de datos económicos respecto de dicha persona, se presentará cualquier documento que acredite los ingresos obtenidos en el periodo de referencia. Excepcionalmente podrá presentarse una declaración responsable de la persona interesada.

Cuando no se cumplimente la autorización a la Consejería competente en materia de educación, no se tendrá derecho a la bonificación. Tampoco se tendrá derecho a la misma cuando se constate que alguno de los datos aportados es falso.

Una vez que la Consejería competente en materia de educación obtenga la información, se procederá al cálculo de las bonificaciones correspondientes, que serán notificadas a las personas solicitantes por la persona que ejerce la dirección del centro docente, a través de un anuncio en el tablón de anuncios del centro.

En el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del citado anuncio, las personas solicitantes podrán formular las alegaciones que estimen convenientes ante la persona que ejerza la dirección del centro docente.

En las actividades extraescolares, la bonificación al precio público de este servicio se aplicará como máximo a dos actividades por alumno o alumna.

El pago de los servicios complementarios se realizará mensualmente mediante domiciliación bancaria.

El alumnado suplente en cada uno de los servicios complementarios, en caso de resultar admitido, tendrá un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de admisión para solicitar, en su caso, la bonificación que pudiera corresponderle.
En el caso de solicitudes de admisión en los servicios complementarios presentadas a lo largo del curso, la bonificación deberá solicitarse conjuntamente con aquélla.

Puede ampliar esta información en el blog: "Vox clamantis in deserto", para acceder al mismo, haga clic o doble clic AQUÍ. En la columna de la derecha, busque el epígrafe: “IMPRESOS para ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, AULA MATINAL y COMEDOR ESCOLAR” y haga clic o doble clic sobre el vínculo que le interese.