“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

martes, 31 de enero de 2012

DECRETO REGULANDO EL TRANSPORTE ESCOLAR.

DECRETO 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los Centros docentes sostenidos con fondos públicos.

REGULANDO y ORGANIZANDO EL TRANSPORTE ESCOLAR.

ORDEN de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

ORDEN REGULANDO LA ORGANIZACIÓN y GESTIÓN del SERVICIO de TRANSPORTE ESCOLAR.

ORDEN de 29 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

CONVOCATORIA PÚBLICA AYUDAS INDIVIDUALIZADAS para EL TRANSPORTE ESCOLAR

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2012, de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar para el curso escolar 2011-2012.
ENLACE

martes, 17 de enero de 2012

ESPECIALIDADES del CUERPO de MAESTROS para INFANTIL y PRIMARIA.

Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Corrección de errores del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

sábado, 14 de enero de 2012

RESULTADOS de las PRUEBAS DE EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO correspondientes al CURSO 2010/2011

El alumnado andaluz de Primaria alcanza en idiomas puntuaciones equivalentes a Notable, según el informe de las Pruebas de Evaluación de Diagnóstico correspondiente al curso 2010/2011, que incluyó por primera vez la evaluación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras.
La evaluación, que incluye al alumnado de los centros públicos, concertados y privados, establece una escala del 1 al 6 para medir las competencias básicas de los estudiantes, siguiendo los mismos parámetros homologados en pruebas internacionales como PISA. Así, en inglés, francés y alemán los resultados llegan a superar el 5.
En Primaria, los escolares de cuarto curso que estudian inglés obtienen un 4,58, mientras que el alumnado de alemán logra un 4,95 y el de francés se sitúa en niveles de excelencia con un 5,21.
El informe de las últimas Pruebas de Evaluación de Diagnóstico refleja también que las tres competencias de comunicación lingüística en lenguas extranjeras presentan los porcentajes más altos de alumnado situado en los niveles superiores de la escala. Casi un 32% del alumnado que estudia inglés se sitúa en el nivel superior, un porcentaje que se eleva al 38% en el caso de alemán y que alcanza el 51% en el alumnado que estudia francés.
Los resultados reflejan una tendencia global a la mejora en el alumnado de Primaria, que se observa al analizar la evolución de las puntuaciones en las competencias evaluadas en ediciones anteriores: comunicación lingüística y razonamiento matemático. En comunicación lingüística los escolares logran 4,38 puntos, frente a los 4,17 del informe anterior. En razonamiento matemático el alumnado alcanza los 4,02 puntos, por encima del 3,80 de la anterior prueba.
Los resultados se completan con la competencia social y ciudadana, que también se incorporó como novedad en esta sexta edición de las Pruebas de Evaluación de Diagnóstico de Andalucía, con 4,24 puntos para el alumnado de Primaria.
ENLACE a RESUMEN de los RESULTADOS

jueves, 12 de enero de 2012

NOTA ACLARATORIA del ADMINISTRADOR del BLOG.

Hace ya más de tres años que comenzó la andadura de este blog y desde aquí, me gustaría aclarar algunas cuestiones a los internautas que nos siguen a diario y a los muchos suscriptores que tiene el blog para que no haya equívocos.
Vox clamantis in deserto nació con la idea de informar y difundir todo aquello que se relaciona con la Educación. Es un blog abierto a todos los que quieran leerlo y realizar comentarios, no hay restricciones de ningún tipo y en ese sentido, es un blog público.
Sin embargo, la gestión del blog es particular, este blog no pertenece al C.E.I.P. “Victoria Díez”, lo creé yo y solamente yo, soy el responsable de lo que se publica en sus "posts" (entradas) al ser su único administrador, en ese sentido, Vox clamantis in deserto, es un blog privado que se ofrece a la opinión pública que pueda estar interesada en los asuntos que se tratan en el mismo.
Muchos suscriptores creen que les envío personalmente un correo electrónico cada vez que hay una nueva entrada (post), pero no es así.
El protocolo de comunicación entre el blog y los suscriptores es el siguiente:
  1. El administrador del blog teclea una entrada nueva.
  2. El blog detecta esa nueva entrada.
  3. De forma automática, el blog envía la nueva entrada a todos los suscriptores. En este caso, la programación interna de Vox clamantis in deserto envía la nueva entrada a partir de las 9:00 horas sin que tenga que intervenir para nada el administrador del blog.
  4. El suscriptor recibe en su correo electrónico la nueva entrada, sin necesidad de abrir Vox clamantis in deserto, a partir de las 9:00 horas.
El administrador del blog puede haber “colgado” la nueva entrada a las 15:47 horas de un domingo, pero hasta las 9:00 horas del día siguiente no la recibirán los suscriptores.
Cualquier persona puede suscribirse a Vox clamantis in deserto, para ello basta seguir las instrucciones que se encuentran en la columna de la derecha. Evidentemente, cuando uno se suscribe a algo, es porque le interesa recibir la información que, de forma altruista y desinteresada, le proporciona el administrador del blog a través del mismo.
El C.E.I.P. "Victoria Díez" se comunica con los padres de alumnos por medio de los tablones de anuncios instalados en el Centro y con las circulares y notas que se envían a través de los alumnos, así es como el C.E.I.P. "Victoria Díez", informa a los padres de alumnos sobre los asuntos relacionados con la enseñanza y educación de sus hijos.
El administrador del blog tiene entera libertad para publicar lo que considere oportuno y realizar cuantos comentarios crea convenientes, la misma libertad que tiene el suscriptor o el internauta que sigue el blog, de darse de baja en el mismo, o dejar de seguirlo si no le gusta lo que se publica. En eso consiste la libertad, en decidir si se sigue o no Vox clamantis in deserto.
Gracias a todos por vuestra atención, quedo a vuestra disposición.

lunes, 9 de enero de 2012

lunes, 2 de enero de 2012

REAL DECRETO-LEY 20/2011, de 30 de diciembre, CON EL QUE NOS FELICITA EL AÑO NUEVO LA NUEVA ADMINISTRACIÓN del ESTADO.

Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. (B.O.E. número 315 de 31 de diciembre de 2011).
Artículo 2, apartado 2: En el año 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.
En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2012, no experimentarán ningún incremento las cuantías de las retribuciones y de la masa salarial, en su caso, establecidas en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
Artículo 4. Reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos.
A partir del 1 de enero de 2012, y para el conjunto del sector público estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos.
Esta media semanal se entenderá sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan, que experimentarán las adaptaciones necesarias para adecuarse a la modificación general en la jornada ordinaria.
Para la efectiva y homogénea aplicación de esta medida en el ámbito de la Administración General del Estado se autoriza al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a dictar las instrucciones necesarias para adecuar los calendarios laborales vigentes, incluidos los sistemas de seguimiento del cumplimiento horario, previa negociación en el seno de la Mesa General de Negociación.

domingo, 1 de enero de 2012

CALENDARIO de DÍAS INHÁBILES a efectos de cómputos de plazos administrativos para el año 2012.


Orden de 20 de diciembre de 2011, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos para el año 2012. (B.O.J.A. núm. 254 de 30/12/2011)