“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

jueves, 29 de abril de 2021

ORDEN DE 15 DE ABRIL DE 2021, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS PLANTILLAS ORGÁNICAS DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE, POR ESPECIALIDADES Y CUERPOS DOCENTES.

Orden de 15 de abril de 2021, por la que se aprueban las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte, por especialidades y cuerpos docentes.
Primero. Aprobar las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Deporte, por especialidades y cuerpos docentes, de acuerdo con lo recogido en los siguientes anexos:
Anexo I: Cuerpo de Maestros.
Segundo. Lo establecido en la presente orden será de aplicación a partir del curso escolar 2021/2022.
 

sábado, 24 de abril de 2021

EL WIDGET FOLLOWBYEMAIL (FEEDBURNER) VA A DESAPARECER A PARTIR DEL 1 DE JULIO D 2021. POR TANTO, EL SERVICIO DE ENVÍO DE CORREOS ELECTRÓNICOS AUTOMATIZADOS DE LOS SUSCRIPTORES DE ESTE BLOG, DEJARÁ DE FUNCIONAR.

FeedBurner es parte de Google desde hace casi 14 años, y va a cambiar. A partir de julio, FeedBurner empezará a utilizar una infraestructura más estable y moderna. El producto seguirá funcionando para todos los usuarios, pero a partir de esa fecha, desaparecerán la mayoría de las funciones no esenciales de gestión de feeds, como las suscripciones de correo.
El widget FollowByEmail (Feedburner) va a desaparecer. Hace poco, el equipo de Feedburner anunció que el servicio de suscripción de correo electrónico se retiraría en julio de 2021 a través de una actualización del sistema.
A partir de julio de 2021, tu feed seguirá funcionando, pero el servicio de envío de correos electrónicos automatizados a tus suscriptores, no.
Muchos usuarios no tendrán que hacer nada. Todos los feeds seguirán funcionando ininterrumpidamente, y podrás seguir creando nuevas cuentas y feeds. Las funciones esenciales de gestión de feeds seguirán activas.

lunes, 12 de abril de 2021

ORDEN DE 29 DE MARZO DE 2021, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS MARCOS DE LA COMPETENCIA DIGITAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO NO UNIVERSITARIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

Orden de 29 de marzo de 2021, por la que se establecen los marcos de la Competencia Digital en el sistema educativo no universitario de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de la presente orden es establecer los marcos de la Competencia Digital en el sistema educativo no universitario de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo de aplicación a todos los centros educativos de enseñanzas no universitarias, tanto públicos como privados, así como al resto de servicios adheridos al sistema educativo andaluz: centros del profesorado, equipos de orientación externa y demás centros no docentes, tales como las aulas hospitalarias, residencias escolares y cualesquiera otros que correspondan a esta tipología.

 

Artículo 3. Marco para la Competencia Digital de las Organizaciones Educativas.

Para los centros educativos andaluces de enseñanzas no universitarias, públicos y privados, junto al resto de servicios adheridos al sistema educativo andaluz referidos en el artículo 1, se adopta el Marco Europeo de Referencia para Organizaciones Digitalmente Competentes, DigCompOrg, de acuerdo con lo recogido en el Anexo I de esta orden.

 

Artículo 4. Marco para la Competencia Digital Docente.

Para el profesorado que desarrolla su labor en el sistema educativo andaluz, tanto público como privado, se adopta el Marco para la Competencia Digital Docente, DigCompEdu, en los términos que aparecen en el Anexo II de esta orden.

 

Artículo 5. Marco para la Competencia Digital Ciudadana.

Para el alumnado de enseñanzas no universitarias se adopta el Marco Europeo para la Competencia Digital Ciudadana, DigComp, cuyo contenido se establece en el Anexo III de esta orden, que es de aplicación asimismo para las familias y el personal no docente de los centros educativos andaluces públicos y privados.

 

miércoles, 7 de abril de 2021

RESOLUCIÓN DE 26 DE MARZO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ACTUACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE AULA MATINAL, COMEDOR ESCOLAR Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/2022. ABIERTO EL PLAZO de ELECCIÓN de ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES para el CURSO ESCOLA 2021/2022. DESDE el MARTES, 1 de JUNIO de 2021 HASTA el JUEVES, 10 de JUNIO de 2021. AMBOS INCLUSIVE.

Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Planificación y Centros, por la que se establece el calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión del alumnado en los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares para el curso escolar 2021/2022.
Único. En el procedimiento de admisión del alumnado en los servicios complementarios para el curso escolar 2021/2022, el calendario de actuaciones queda establecido como sigue:
 
1. En los centros de educación infantil, centros de educación primaria, centros de educación infantil y primaria, centros públicos rurales y centros específicos de educación especial:
 
a) Del 1 al 10 de junio de 2021 será el plazo establecido para la presentación de solicitudes de admisión en los servicios complementarios.
 
b) El 15 de junio de 2021 se publicará la resolución provisional de admitidos y suplentes mediante el Anexo III de la Orden de 17 de abril de 2017.
 
c) Del 16 al 29 de junio de 2021 será el plazo de alegaciones a la resolución provisional de admitidos y suplentes.
 
d) El 30 de junio de 2021 se publicará la resolución definitiva de admitidos y suplentes mediante el Anexo IV de la Orden de 17 de abril de 2017.
 
e) El plazo para interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva de admitidos y suplentes.