Orden
EFP/561/2020, de 20 de junio, por la que se publican Acuerdos de la Conferencia
Sectorial de Educación, para el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021.
1.
El curso 2020-2021 comenzará en las fechas habituales del mes de septiembre y
seguirá unas pautas temporales similares a otros cursos académicos.
2.
La actividad lectiva presencial se adoptará como principio general durante el
curso 2020-2021.
6.
En el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021, las Administraciones educativas
seguirán las indicaciones establecidas por las autoridades sanitarias estatales
y autonómicas, respetando lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de
junio, así como la distribución competencial existente.
9.
En el marco que establezcan las Administraciones educativas, los centros
educativos dispondrán de un plan de inicio de curso que establezca la
organización del centro que mejor se adapte a las condiciones de la nueva
normalidad.
10.
Las Administraciones educativas prepararán los planes de contingencia
necesarios para que los centros docentes puedan hacer frente a las
eventualidades que se produzcan en el curso 2020-2021.
12.
Las Administraciones educativas adoptarán medidas orientadas a la reducción de
la brecha tecnológica y la limitación de sus consecuencias. Se prestará
especial atención a la dotación del equipamiento tecnológico necesario para los
centros educativos (dispositivos, redes inalámbricas, conectividad, acceso a
plataformas digitales) y el alumnado de todas las etapas y enseñanzas (mediante
sistemas de entrega o préstamo).
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