Efectivamente, muchas veces da la sensación de que uno es la "voz del que clama en el desierto". (Mt 3,3) (Mc 1,3) (Lc 3,4) (Jn 1,23) "... que tenemos que hablar de muchas cosas, compañero del alma, compañero."
Miguel Hernández, Elegía a Ramón Sijé (10 enero 1936)
“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”
Instrucción de
31 de julio, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación
Educativa, sobre medidas de transformación digital educativa en los centros
docentes públicos para el curso 2020/2021.
El C.E.I.P.
"Victoria Díez" está incluido y por tanto, es beneficiario, del Plan
Escolar de Consumo de Leche y Otros Productos Lácteos.
El elemento
central del recurso Plan Escolar de Consumo de Leche y Otros Productos Lácteos
para el desarrollo de la línea de intervención Estilos de Vida Saludable, se
basa en garantizar la ingesta de leche por el alumnado en el centro con la
intención de que normalicen y se habitúen a su consumo.
Para ello, se
organiza un sistema de reparto de este producto en los centros educativos
beneficiarios de este Plan.
Desde los
centros de Recepción–Distribución del producto, varias unidades móviles
visitarán los 870 centros que se beneficiarán de este recurso durante el presente
curso escolar.
Cada unidad hará entrega de leche suficiente para todo el
alumnado que ha sido registrado en el sistema de gestión Séneca como
participante en el Programa para la Innovación Educativa, Hábitos de Vida
Saludable 2019/2020, en su modalidad Creciendo en Salud (educación infantil,
educación especial y educación primaria), depositándola en un lugar previamente
determinado por la dirección del centro.
Ley 1/2020, de
13 de julio, para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los
centros educativos andaluces mediante técnicas bioclimáticas y uso de energías
renovables.
Es de especial
interés para nuestra Comunidad Autónoma acometer las acciones oportunas para garantizar un ambiente saludable de nuestros escolares y
del conjunto de la comunidad educativa, garantizándoles un ambiente
confortable, en términos de temperatura, humedad y ventilación de las
edificaciones, en los colegios… al tiempo
que limitar el gasto energético en electricidad y combustibles fósiles y las
emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyendo a la lucha
contra el cambio climático y convirtiendo a Andalucía en un referente estatal,
europeo y mundial en la atención con técnicas bioclimáticas y tecnologías
renovables a nuestra comunidad educativa.
Se
incluye una disposición adicional para establecer
medidas de apoyo de la Junta de Andalucía para la mejora de las condiciones
térmicas y ambientales de los centros concertados.
Artículo
6. Programa anual de formación en gestión energética.
1.
Al objeto de conseguir una gestión energética
eficiente de los centros educativos andaluces, la Junta de Andalucía
velará por la optimización en el consumo de la energía, buscando un uso
racional y eficaz, sin disminuir el nivel de prestaciones, para lo que se establecerá anualmente una convocatoria de formación
específica en gestión energética destinada tanto al equipo directivo de los
centros como al personal docente y al personal de administración y servicios de
las instalaciones educativas.
Igualmente, podrá extenderse esta
formación a los alumnos y familias que así lo soliciten.
2.
Se creará un equipo de gestores energéticos,
compuesto por personal técnico titulado y habilitado legalmente. Dicho equipo
será independiente de los centros educativos y será seleccionado entre
empleados públicos de la Consejería competente en materia de educación o
entidades instrumentales dependientes o entre personal externo habilitado.
Estos
equipos gestores prestarán sus servicios a varios centros educativos, con el
fin de asesorar sobre un consumo energético eficiente y sostenible.
Artículo
9. Adecuación del entorno exterior de los centros educativos.
4.
Las Administraciones locales deberán asumir el cuidado y mantenimiento del
arbolado y vegetación de los edificios educativos municipales.
Se establecerá, si fuera necesario, un nuevo convenio de colaboración entre las
Administraciones locales y la Junta de Andalucía para dar cobertura a los
centros de titularidad autonómica.
Disposición
adicional segunda. Medidas de apoyo de la Junta de Andalucía para la mejora de
las condiciones térmicas y ambientales de los centros docentes privados
concertados.
Disposición
adicional tercera. Fuentes de financiación.
2. Las
actuaciones a realizar se financiarán preferentemente con fuentes de financiación
procedentes de fondos europeos y transferencias
finalistas del Estado, sin perjuicio de que para garantizar el
cumplimiento de sus objetivos puedan utilizarse otros fondos de la Junta de
Andalucía.
Orden de 14 de
julio de 2020, sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en
materia de salud pública para hacer frente al coronavirus (COVID-19) y por la
que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020.
En la
actualidad, considerando el levantamiento de las medidas derivadas del estado de
alarma y habida cuenta la situación epidemiológica del coronavirus en
Andalucía, se considera necesario adoptar nuevas medidas de prevención para
hacer frente a la extensión y proliferación del coronavirus COVID-19 en brotes
localizados, de manera que quede garantizado que la ciudadanía evita comportamientos
que generen riesgos de propagación de la enfermedad.
Primero.
Uso obligatorio de la mascarilla.
1.Las personas de seis años en adelante están obligadas
al uso de la mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre
y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al
público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de
1,5 metros.
3.
Asimismo… la obligación del uso de la mascarilla…
no será exigible… en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre.
Quinto.
Régimen sancionador.
Corresponderá a
los ayuntamientos y a los órganos competentes de la Administración de la Junta
de Andalucía, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el ámbito
de sus respectivas competencias, las funciones de vigilancia, inspección y
control del correcto cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta orden.
El incumplimiento de las obligaciones previstas en esta orden podrá ser
sancionada de conformidad con la normativa en materia de salud pública
aplicable.
Séptimo.
Efectos.
2.
Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; es decir desde
las 0:00 horas del miércoles, 15 de julio de 2020.
Resolución de 2
de julio de 2020, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Educación sobre el marco de referencia de la competencia digital docente.
La
Conferencia Sectorial de Educación, cuya
presidencia corresponde a la Ministra de Educación y Formación Profesional y de
la que forman parte los Consejeros con competencias en materia de enseñanza no
universitaria de los gobiernos de las Comunidades Autónomas, en su reunión del
14 de mayo de 2020, adoptó el Acuerdo sobre el marco de referencia de la
competencia digital docente.
El
Acuerdo sobre el marco de referencia de la competencia digital
docente fue aprobado por todas las Comunidades Autónomas en la reunión de la
Conferencia Sectorial de Educación del 14 de mayo de 2020.
La
educación y la formación juegan un papel determinante:
la competencia digital ha pasado a formar parte indispensable de la
alfabetización elemental del siglo XXI.
La
Recomendación del Consejo Europeo de 22 de mayo
de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente
incluye la competencia digital, junto con la lectoescritura y el cálculo, entre
las capacidades básicas a las que se debe prestar especial atención.
Para
garantizar la adquisición y desarrollo de las competencias
clave por parte de los estudiantes y, en último término, de todos los
ciudadanos, se requiere un adecuado grado de desarrollo de la competencia
digital de los docentes y de los centros educativos.
Por
todo ello, se estima necesario acordar el
mecanismo de coordinación que facilite el mutuo reconocimiento de las
certificaciones que correspondan a la competencia digital docente.
El
Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Consejerías de Educación
de las Comunidades Autónomas utilizarán el marco de
referencia de la competencia digital docente, dentro del ámbito de sus
competencias, como instrumento para el diseño de sus políticas educativas con
el fin de mejorar la competencia digital del profesorado para contribuir con
ello a la adquisición y desarrollo de las competencias del alumnado y al buen
funcionamiento de los centros.
Las
Instrucciones de 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y
Deporte, relativas a la Organización de los Centros Docentes para el curso
escolar 2020/2021, motivada por la crisis sanitaria del Covid-19;
establece en su instrucción novena, apartado 7, que la
atención al público en los centros docentes se organizará en horarios distintos
a los de entrada y salida del alumnado, estableciéndose
como pauta general la cita previa, articulándose los procedimientos oportunos
para ello, a través de distintas vías de comunicación (telefónica, correo
electrónico, etcétera).
En
el documento Medidas de Prevención, Protección, Vigilancia y Promoción de
Salud. Covid-19. Centros y Servicios
Educativos Docentes (no universitarios) de Andalucía. Curso 2020/2021; en su apartado 5.- Medidas
para la limitación de contactos, párrafo 24 dispone que las familias o tutores sólo podrán entrar al edificio escolar en caso
de necesidad o indicación del profesorado o del equipo directivo,
cumpliendo siempre las medidas de prevención e higiene.
En
el documento Orientaciones para la elaboración del protocolo de actuación en
los centros educativos de Andalucía en relación a la covid-19 de la Federación
Andaluza de Medicina Escolar. Médicos Escolares de los Equipos de Orientación
Educativa de Andalucía; en su apartado 4.3
Organización y Funcionamiento del Centro y Covid-19, párrafo “Alumnado” dispone
que como norma general, las familias no podrán
acceder al centro.
Observarán un orden de acercamiento a la puerta de
acceso del colegio asignada, hasta donde acompañarán al escolar, procurando
mantener la distancia física de seguridad con las personas de alrededor.
En
el mismo documento, apartado 4.3.2 Zonas de Espera, dispone que se
habilitará en el centro un espacio en el que un visitante espere a ser atendido
por quién corresponda.
Dependiendo de las dimensiones, podrán acceder un
número de personas que permita guardar en todo momento la distancia mínima de
seguridad.
Se procurará evitar que se acumulen
personas en las zonas de espera mediante procedimiento de cita previa.
Cada visitante
accederá al centro con su correspondiente mascarilla y deberá realizar higiene
de manos tanto a la entrada como a la salida.
En
el mismo documento, apartado 4.3.3. Secretaría. Servicios de Atención al Público, dispone que los
servicios de atención al público priorizarán, esta atención, mediante algún
mecanismo de sistema telefónico y/o telemático.
La
protección de las personas debe primar sobre las gestiones y trámites a
realizar, por tanto, se deben garantizar las
medidas necesarias, esencialmente la distancia interpersonal de seguridad.
Para la entrega
y recogida de material, se dispondrá de bandejas o recipientes donde
depositarlo.
Es
recomendable digitalizar el máximo número de procesos para evitar la
manipulación de documentos en papel y otros materiales.
Por todo ello, y
por sentido común, use los servicios que le ofrece la CONSEJERÍA de EDUCACIÓN y
DEPORTE a través de la SECRETARÍA VIRTUAL.
Para acceder a
la secretaría virtual, haga clic o doble clic sobre AQUÍ.
Autenticación -
Identificador Educativo Andaluz – (iANDe) Acceda a los trámites usando la clave
iANDE.
Si
no dispone de esta clave para poder tramitar documentos, puede obtenerla
registrándose en la Secretaría Virtual haciendo clic o doble clicAQUÍ.
Autenticación -
Cl@ve. Acceda al trámite con un certificado digital reconocido, con CL@VE-PIN o
CL@AVE-PERMANENTE.
Recomendamos
CL@AVE-PERMANENTE.
Para acceder a
más INFORMACIÓN, haga clic o doble clic sobre AQUÍ.
PARA REGISTRARSE,
haga clic o doble clic sobre AQUÍ.
Utilicen
los teléfonos y el correo electrónico para ponerse en contacto con el C.E.I.P.
"Victoria Díez". Para acceder a los teléfonos y correos electrónicos
del Centro, haga clic o doble clicAQUÍ.
CÓMO
HACER el AUTORREGISTRO en la PÁGINA WEB de “PASEN” (para ORDENADOR).
PARA ENTRAR en la NUEVA PÁGINA WEB de “PASEN”, HAGA CLIC O DOBLE CLICAQUÍ.
PARA ENTRAR en la ANTIGUA PÁGINA WEB de “PASEN”, HAGA CLIC O DOBLE
CLICAQUÍ.
CÓMO HACER el AUTORREGISTRO en “iPASEN” (para TELÉFONOS MÓVILES).
¿CÓMO RECUPERAR la CONTRASEÑA en iPASEN?
SI NECESITA MÁS INFORMACIÓN SOBRE “iPASEN”, HAGA CLIC O DOBLE CLICAQUÍ.
PARA la PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA GENERAL de SOLICITUDES y DOCUMENTOS
en CENTROS EDUCATIVOS de ANDALUCÍA DURANTE LOS 365 DÍAS del AÑO y a CUALQUIER
HORA del DÍA o de la NOCHE; HAGA CLIC O DOBLE CLICAQUÍ.
CÓMO ENVIAR, POR PARTE DE LOS TUTORES Y EL EQUIPO DIRECTIVO,
DOCUMENTOS AL PUNTO DE RECOGIDA de SÉNECA.
¿CÓMO DESCARGAR DOCUMENTACIÓN DEL PUNTO DE RECOGIDA?
ACCESO al PUNTO de RECOGIDA de DOCUMENTOS. HAGA CLIC O DOBLE CLICAQUÍ.
Instrucción
15/2020, de 6 de julio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación
Educativa, sobre auxiliares de conversación para el curso escolar 2020/2021.
Instrucciones de
6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la
organización de los centros docentes para el curso escolar 2020/2021, motivada
por la crisis sanitaria del covid-19.
Para accede a las Instrucciones de
6 de julio de 2020, haga clic o doble clicAQUÍ.
Para
acceder al Anexo II, procedimiento de evaluación de personal sensible a la
infección de Sars-Cov-2. Solicitud de procedimiento, haga clic o doble clicAQUÍ.
Para
acceder a las medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de
salud. Covid-19, haga clic o doble clicAQUÍ. MEUS EST
Para
acceder al Protocolo de Actuación Covid-19, haga clic o doble clicAQUÍ.
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Tebas, Beocia, Greece
"Adivina este acertijo," le dijo la Esfinge a Edipo, "o encontrarás tu muerte”: τί ἐστιν ὃ μίαν ἔχον φωνὴν τετράπουν καὶ δίπουν καὶ τρίπουν γίνεται; "¿Qué es lo que, teniendo una sola voz, resulta que tiene cuatro pies, luego dos y luego tres". Es decir: ¿Cuál es la criatura que por la mañana camina a cuatro patas, al medio día con dos y por la noche con tres?"
ADIOS, COMPAÑEROS DEL ALMA, COMPAÑEROS.
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*“Todo pasa y todo queda, *
*pero lo nuestro es pasar, *
*pasar haciendo caminos, *
*caminos sobre la mar. *
*Nunca perseguí la gloria, *
*ni dejar ...
GRACIAS A TODOS Y A TODAS.
-
*Desde este blog quiero agradecer a toda a mi familia, a toda la Comunidad
Educativa del C.E.I.P. "Victoria Díez", a los antiguos compañeros, al
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Reportaje: Operación Emprendedoras.
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