“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

lunes, 27 de julio de 2020

DECRETO 104/2020, DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE DETERMINA EL CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2021.

Decreto 104/2020, de 21 de julio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
Se declaran fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable para el año 2021:
  • 1 de enero (viernes).
  • 6 de enero (miércoles).
  • 1 de marzo (lunes).
  • 1 de abril (jueves).
  • 2 de abril (viernes).
  • 1 de mayo (sábado).
  • 16 de agosto (lunes).
  • 12 de octubre (martes).
  • 1 de noviembre (lunes).
  • 6 de diciembre (lunes).
  • 8 de diciembre (miércoles).
  • 25 de diciembre (sábado).

viernes, 24 de julio de 2020

RESOLUCIÓN CENTROS BENEFICIARIOS DEL PLAN ESCOLAR DE CONSUMO DE LECHE Y OTROS PRODUCTOS LÁCTEOS. CURSO 2019/2020.

El C.E.I.P. "Victoria Díez" está incluido y por tanto, es beneficiario, del Plan Escolar de Consumo de Leche y Otros Productos Lácteos.

El elemento central del recurso Plan Escolar de Consumo de Leche y Otros Productos Lácteos para el desarrollo de la línea de intervención Estilos de Vida Saludable, se basa en garantizar la ingesta de leche por el alumnado en el centro con la intención de que normalicen y se habitúen a su consumo.

Para ello, se organiza un sistema de reparto de este producto en los centros educativos beneficiarios de este Plan.

Desde los centros de Recepción–Distribución del producto, varias unidades móviles visitarán los 870 centros que se beneficiarán de este recurso durante el presente curso escolar.

Cada unidad hará entrega de leche suficiente para todo el alumnado que ha sido registrado en el sistema de gestión Séneca como participante en el Programa para la Innovación Educativa, Hábitos de Vida Saludable 2019/2020, en su modalidad Creciendo en Salud (educación infantil, educación especial y educación primaria), depositándola en un lugar previamente determinado por la dirección del centro.

lunes, 20 de julio de 2020

LEY 1/2020, DE 13 DE JULIO, PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES TÉRMICAS Y AMBIENTALES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS ANDALUCES MEDIANTE TÉCNICAS BIOCLIMÁTICAS Y USO DE ENERGÍAS RENOVABLES.

Ley 1/2020, de 13 de julio, para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos andaluces mediante técnicas bioclimáticas y uso de energías renovables.

Es de especial interés para nuestra Comunidad Autónoma acometer las acciones oportunas para garantizar un ambiente saludable de nuestros escolares y del conjunto de la comunidad educativa, garantizándoles un ambiente confortable, en términos de temperatura, humedad y ventilación de las edificaciones, en los colegiosal tiempo que limitar el gasto energético en electricidad y combustibles fósiles y las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyendo a la lucha contra el cambio climático y convirtiendo a Andalucía en un referente estatal, europeo y mundial en la atención con técnicas bioclimáticas y tecnologías renovables a nuestra comunidad educativa.


Se incluye una disposición adicional para establecer medidas de apoyo de la Junta de Andalucía para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros concertados.

Artículo 6. Programa anual de formación en gestión energética.

1. Al objeto de conseguir una gestión energética eficiente de los centros educativos andaluces, la Junta de Andalucía velará por la optimización en el consumo de la energía, buscando un uso racional y eficaz, sin disminuir el nivel de prestaciones, para lo que se establecerá anualmente una convocatoria de formación específica en gestión energética destinada tanto al equipo directivo de los centros como al personal docente y al personal de administración y servicios de las instalaciones educativas

Igualmente, podrá extenderse esta formación a los alumnos y familias que así lo soliciten.

2. Se creará un equipo de gestores energéticos, compuesto por personal técnico titulado y habilitado legalmente. Dicho equipo será independiente de los centros educativos y será seleccionado entre empleados públicos de la Consejería competente en materia de educación o entidades instrumentales dependientes o entre personal externo habilitado.

Estos equipos gestores prestarán sus servicios a varios centros educativos, con el fin de asesorar sobre un consumo energético eficiente y sostenible.

Artículo 9. Adecuación del entorno exterior de los centros educativos.

4. Las Administraciones locales deberán asumir el cuidado y mantenimiento del arbolado y vegetación de los edificios educativos municipales

Se establecerá, si fuera necesario, un nuevo convenio de colaboración entre las Administraciones locales y la Junta de Andalucía para dar cobertura a los centros de titularidad autonómica.

Disposición adicional segunda. Medidas de apoyo de la Junta de Andalucía para la mejora de las condiciones térmicas y ambientales de los centros docentes privados concertados.

Disposición adicional tercera. Fuentes de financiación.

2. Las actuaciones a realizar se financiarán preferentemente con fuentes de financiación procedentes de fondos europeos y transferencias finalistas del Estado, sin perjuicio de que para garantizar el cumplimiento de sus objetivos puedan utilizarse otros fondos de la Junta de Andalucía.

miércoles, 15 de julio de 2020

ORDEN DE 14 DE JULIO DE 2020, SOBRE EL USO DE LA MASCARILLA Y OTRAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA PARA HACER FRENTE AL CORONAVIRUS (COVID-19) Y POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 19 DE JUNIO DE 2020.

Orden de 14 de julio de 2020, sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus (COVID-19) y por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020.
En la actualidad, considerando el levantamiento de las medidas derivadas del estado de alarma y habida cuenta la situación epidemiológica del coronavirus en Andalucía, se considera necesario adoptar nuevas medidas de prevención para hacer frente a la extensión y proliferación del coronavirus COVID-19 en brotes localizados, de manera que quede garantizado que la ciudadanía evita comportamientos que generen riesgos de propagación de la enfermedad.
Primero. Uso obligatorio de la mascarilla.

1. Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.

3. Asimismo… la obligación del uso de la mascarilla… no será exigible… en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre.

Quinto. Régimen sancionador.
Corresponderá a los ayuntamientos y a los órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el ámbito de sus respectivas competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control del correcto cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta orden. El incumplimiento de las obligaciones previstas en esta orden podrá ser sancionada de conformidad con la normativa en materia de salud pública aplicable.

Séptimo. Efectos.
2. Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; es decir desde las 0:00 horas del miércoles, 15 de julio de 2020.

martes, 14 de julio de 2020

RESOLUCIÓN DE 2 DE JULIO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACIÓN TERRITORIAL, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE EDUCACIÓN SOBRE EL MARCO DE REFERENCIA DE LA COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE.

Resolución de 2 de julio de 2020, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación sobre el marco de referencia de la competencia digital docente.
La Conferencia Sectorial de Educación, cuya presidencia corresponde a la Ministra de Educación y Formación Profesional y de la que forman parte los Consejeros con competencias en materia de enseñanza no universitaria de los gobiernos de las Comunidades Autónomas, en su reunión del 14 de mayo de 2020, adoptó el Acuerdo sobre el marco de referencia de la competencia digital docente.

El Acuerdo sobre el marco de referencia de la competencia digital docente fue aprobado por todas las Comunidades Autónomas en la reunión de la Conferencia Sectorial de Educación del 14 de mayo de 2020.

La educación y la formación juegan un papel determinante: la competencia digital ha pasado a formar parte indispensable de la alfabetización elemental del siglo XXI.

La Recomendación del Consejo Europeo de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente incluye la competencia digital, junto con la lectoescritura y el cálculo, entre las capacidades básicas a las que se debe prestar especial atención.

Para garantizar la adquisición y desarrollo de las competencias clave por parte de los estudiantes y, en último término, de todos los ciudadanos, se requiere un adecuado grado de desarrollo de la competencia digital de los docentes y de los centros educativos.

Por todo ello, se estima necesario acordar el mecanismo de coordinación que facilite el mutuo reconocimiento de las certificaciones que correspondan a la competencia digital docente.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas utilizarán el marco de referencia de la competencia digital docente, dentro del ámbito de sus competencias, como instrumento para el diseño de sus políticas educativas con el fin de mejorar la competencia digital del profesorado para contribuir con ello a la adquisición y desarrollo de las competencias del alumnado y al buen funcionamiento de los centros.

domingo, 12 de julio de 2020

POR SU SALUD Y POR LA NUESTRA, USE LA SECRETARÍA VIRTUAL DEL C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ" PARA REALIZAR SUS GESTIONES. NO TENDRÁ QUE VENIR AL CENTRO, NO TENDRÁ QUE HACER COLAS, NO TENDRÁ QUE TOMAR NINGUNA MEDIDA DE SEGURIDAD, EL HORARIO ES DE 24 HORAS AL DÍA DURANTE LOS 365 DÍAS DEL AÑO, ES FÁCIL Y CÓMODO, DESDE SU CASA, CON SU ORDENADOR O CON SU MÓVIL.

Las Instrucciones de 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la Organización de los Centros Docentes para el curso escolar 2020/2021, motivada por la crisis sanitaria del Covid-19; establece en su instrucción novena, apartado 7, que la atención al público en los centros docentes se organizará en horarios distintos a los de entrada y salida del alumnado, estableciéndose como pauta general la cita previa, articulándose los procedimientos oportunos para ello, a través de distintas vías de comunicación (telefónica, correo electrónico, etcétera).

En el documento Medidas de Prevención, Protección, Vigilancia y Promoción de Salud. Covid-19. Centros y Servicios Educativos Docentes (no universitarios) de Andalucía. Curso 2020/2021; en su apartado 5.- Medidas para la limitación de contactos, párrafo 24 dispone que las familias o tutores sólo podrán entrar al edificio escolar en caso de necesidad o indicación del profesorado o del equipo directivo, cumpliendo siempre las medidas de prevención e higiene.

En el documento Orientaciones para la elaboración del protocolo de actuación en los centros educativos de Andalucía en relación a la covid-19 de la Federación Andaluza de Medicina Escolar. Médicos Escolares de los Equipos de Orientación Educativa de Andalucía; en su apartado 4.3 Organización y Funcionamiento del Centro y Covid-19, párrafo “Alumnado” dispone que como norma general, las familias no podrán acceder al centro

Observarán un orden de acercamiento a la puerta de acceso del colegio asignada, hasta donde acompañarán al escolar, procurando mantener la distancia física de seguridad con las personas de alrededor.

En el mismo documento, apartado 4.3.2 Zonas de Espera, dispone que se habilitará en el centro un espacio en el que un visitante espere a ser atendido por quién corresponda

Dependiendo de las dimensiones, podrán acceder un número de personas que permita guardar en todo momento la distancia mínima de seguridad.

Se procurará evitar que se acumulen personas en las zonas de espera mediante procedimiento de cita previa.

Cada visitante accederá al centro con su correspondiente mascarilla y deberá realizar higiene de manos tanto a la entrada como a la salida.

En el mismo documento, apartado 4.3.3. Secretaría. Servicios de Atención al Público, dispone que los servicios de atención al público priorizarán, esta atención, mediante algún mecanismo de sistema telefónico y/o telemático.

La protección de las personas debe primar sobre las gestiones y trámites a realizar, por tanto, se deben garantizar las medidas necesarias, esencialmente la distancia interpersonal de seguridad.

Para la entrega y recogida de material, se dispondrá de bandejas o recipientes donde depositarlo.

Es recomendable digitalizar el máximo número de procesos para evitar la manipulación de documentos en papel y otros materiales.

Por todo ello, y por sentido común, use los servicios que le ofrece la CONSEJERÍA de EDUCACIÓN y DEPORTE a través de la SECRETARÍA VIRTUAL. 
Para acceder a la secretaría virtual, haga clic o doble clic sobre AQUÍ.
 
Autenticación - Identificador Educativo Andaluz – (iANDe) Acceda a los trámites usando la clave iANDE. 

Si no dispone de esta clave para poder tramitar documentos, puede obtenerla registrándose en la Secretaría Virtual haciendo clic o doble clic AQUÍ.

Autenticación - Cl@ve. Acceda al trámite con un certificado digital reconocido, con CL@VE-PIN o CL@AVE-PERMANENTE.

Recomendamos CL@AVE-PERMANENTE.

Para acceder a más INFORMACIÓN, haga clic o doble clic sobre AQUÍ.

PARA REGISTRARSE, haga clic o doble clic sobre AQUÍ.

Utilicen los teléfonos y el correo electrónico para ponerse en contacto con el C.E.I.P. "Victoria Díez". Para acceder a los teléfonos y correos electrónicos del Centro, haga clic o doble clic AQUÍ.

CÓMO HACER el AUTORREGISTRO en la PÁGINA WEB de “PASEN” (para ORDENADOR).
PARA ENTRAR en la NUEVA PÁGINA WEB de “PASEN”, HAGA CLIC O DOBLE CLIC AQUÍ.

PARA ENTRAR en la ANTIGUA PÁGINA WEB de “PASEN”, HAGA CLIC O DOBLE CLIC AQUÍ.

CÓMO HACER el AUTORREGISTRO en “iPASEN” (para TELÉFONOS MÓVILES).
¿CÓMO RECUPERAR la CONTRASEÑA en iPASEN?
SI NECESITA MÁS INFORMACIÓN SOBRE “iPASEN”, HAGA CLIC O DOBLE CLIC AQUÍ.

PARA la PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA GENERAL de SOLICITUDES y DOCUMENTOS en CENTROS EDUCATIVOS de ANDALUCÍA DURANTE LOS 365 DÍAS del AÑO y a CUALQUIER HORA del DÍA o de la NOCHE; HAGA CLIC O DOBLE CLIC AQUÍ.

CÓMO ENVIAR, POR PARTE DE LOS TUTORES Y EL EQUIPO DIRECTIVO, DOCUMENTOS AL PUNTO DE RECOGIDA de SÉNECA.
¿CÓMO DESCARGAR DOCUMENTACIÓN DEL PUNTO DE RECOGIDA?
ACCESO al PUNTO de RECOGIDA de DOCUMENTOS. HAGA CLIC O DOBLE CLIC AQUÍ.

lunes, 6 de julio de 2020

INSTRUCCIONES DE 6 DE JULIO DE 2020, DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE, RELATIVAS A LA ORGANIZACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES PARA EL CURSO ESCOLAR 2020/2021, MOTIVADA POR LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19.

Instrucciones de 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la organización de los centros docentes para el curso escolar 2020/2021, motivada por la crisis sanitaria del covid-19.


Para accede a las Instrucciones de 6 de julio de 2020, haga clic o doble clic AQUÍ.


Para acceder al Anexo II, procedimiento de evaluación de personal sensible a la infección de Sars-Cov-2. Solicitud de procedimiento, haga clic o doble clic AQUÍ.


Para acceder a las medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de salud. Covid-19, haga clic o doble clic AQUÍ.
MEUS EST 


Para acceder al Protocolo de Actuación Covid-19, haga clic o doble clic AQUÍ.