“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

viernes, 24 de abril de 2020

RESOLUCIÓN DE 22 DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA COMÚN DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DE LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL DE PRECIOS DE LOS MEDICAMENTOS DE 21 DE ABRIL DE 2020, POR EL QUE SE ESTABLECEN IMPORTES MÁXIMOS DE VENTA AL PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN LA ORDEN SND/354/2020, DE 19 DE ABRIL, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA GARANTIZAR EL ACCESO DE LA POBLACIÓN A LOS PRODUCTOS DE USO RECOMENDADOS COMO MEDIDAS HIGIÉNICAS PARA LA PREVENCIÓN DE CONTAGIOS POR EL COVID-19.

Resolución de 22 de abril de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos de 21 de abril de 2020, por el que se establecen importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.
Se establecen los siguientes importes máximos de venta al público de los mismos:
1.º Mascarillas quirúrgicas desechables: 0,96 euros/unidad.

2.º Mascarillas higiénicas: la determinación de su importe máximo se difiere a la próxima reunión de la Comisión, a fin de obtener mayor información sobre los costes de fabricación en el sector textil nacional.

3.º Antisépticos de piel sana autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS): la determinación de su importe máximo se difiere a la próxima reunión de la Comisión, a fin de obtener mayor información sobre sus costes de fabricación.

4.º Geles y soluciones hidroalcohólicas autorizados temporalmente por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS):
 
Hasta 150 mililitros a 0,021 €/mililitro.

De 150 mililitros y hasta 300 mililitros a 0,018 €/ mililitros.

De 300 mililitros y hasta 1000 mililitros a 0,015 €/ mililitros.

De acuerdo con esta orden, los envases de hasta 150 mililitros de geles o soluciones hidroalcohólicas autorizados temporalmente por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) tendrán un precio máximo de 0,021 euros por mililitro.

Ejemplo: un envase de 150 mililitros costará:
150 mililitros x 0,021 € por mililitro = 3,15€

El precio baja a 0,018 euros/ml para los envases que contengan entre 150 y 300 ml
Ejemplo: un envase de 300 mililitros costará:
300 mililitros x 0,018 € por mililitro = 5,40€

Y a 0,015 euros/ml los que tengan entre 300 ml y un litro.
Ejemplo: un envase de 1000 mililitros (un litro)costará:
1000 mililitros x 0,015 € por mililitro = 15,00€

Esta Resolución entra en vigor el viernes, 24 de abril de 2020.

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