Real Decreto
487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado
por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado
de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19.
Artículo 2.
Duración de la prórroga.
La
prórroga establecida en este Real Decreto se extenderá hasta las 00:00 horas
del día 26 de abril de 2020, y se someterá a las mismas condiciones
establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el
Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, y por el Real Decreto 476/2020, de 27 de
marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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