Instrucciones de
22 de febrero de 2022, de la Viceconsejería, sobre los procedimientos de
Admisión y Matriculación del alumnado en los centros docentes sostenidos con
fondos públicos para el curso escolar 2022/2023; disponen en la instrucción
octava:
1. Los padres,
madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado, que quieran cursar
enseñanzas de Religión, cumplimentarán el Anexo I
que les será facilitado por el centro docente junto con el resto de la
documentación necesaria para la matrícula. Este
impreso una vez cumplimentado, se entregará, junto con el resto de la
documentación, al realizar la primera matrícula del
alumnado en el centro correspondiente, sin perjuicio de que la decisión
adoptada pueda modificarse al formalizar la matrícula para cursos posteriores.
4. Quienes opten
por no cursar enseñanzas de religión y vayan a estar matriculados en un curso
par de una etapa, deberán elegir la enseñanza de Valores sociales y cívicos, en
educación primaria. Aquellos alumnos y alumnas que vayan a matricularse en el
segundo ciclo de educación infantil, o bien en un curso impar de la educación
primaria, en el caso de optar por no cursar enseñanzas de religión, recibirán
la atención educativa establecida en la normativa de aplicación.
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