RESOLUCIÓN de 24
de Septiembre de 2021 de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de
Córdoba por la que se acuerda la convocatoria de la celebración de elecciones
extraordinarias y se establece el calendario para el desarrollo del proceso
electoral de representantes en los Consejos Escolares de los centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
excepción de los centros específicos de educación permanente de personas
adultas, y en el Consejo de Centro del Instituto Provincial de Educación
Permanente, durante el primer trimestre del curso 2021/2022.
Se abre una
convocatoria extraordinaria por parte de la Delegación Territorial de Educación
y Deporte de la Junta de Andalucía en Córdoba para elecciones a Consejos Escolares.
No obstante,
para el curso escolar 2022/2023 la Consejería de Educación y Deporte convocará
nuevamente el proceso ordinario de elecciones a Consejos Escolares.
Segundo.
Los procesos
electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares que se llevarán
a cabo en los centros docentes se desarrollarán de acuerdo con el siguiente
calendario:
1.
La Junta Electoral se constituirá entre los días 4 y 8 de octubre de 2021
(ambos inclusive).
2.
El plazo de admisión de candidaturas será el comprendido desde los días 15 de
octubre hasta al 28 de octubre de 2021 (ambos inclusive).
3.
La Junta Electoral hará pública la lista provisional de personas candidatas el
29 de octubre y la lista definitiva el 3 de noviembre de 2021.
4.
La campaña electoral se llevará a cabo desde el 4 de noviembre hasta el 12 de
noviembre de 2021 (ambos inclusive).
5.
Las papeletas de voto deberán estar confeccionadas con anterioridad al día 9 de
noviembre de 2021.
6.
La celebración de las elecciones tendrá lugar durante los siguientes días:
- a) 16 DE NOVIEMBRE: elecciones del sector del profesorado y del personal de administración y servicios.
- b) 17 DE NOVIEMBRE: elecciones del sector de padres, madres y personas que ejerzan la tutela legal del alumnado.
7.
La proclamación de representantes electos deberá realizarse antes del 2 de
diciembre de 2021.
8.
La constitución del nuevo Consejo Escolar y del nuevo Consejo de Centro deberá
realizarse antes del 17 de diciembre de 2021.
Tercero.
Los
representantes elegidos desempeñarán sus funciones durante un año, hasta el
siguiente procedimiento ordinario de elección de los miembros del Consejo
Escolar.
Octavo.
1.
Las personas titulares de la Dirección de los centros docentes arbitrarán las
medidas necesarias para que la presente Resolución sea conocida por todos los
sectores de la comunidad educativa, para lo cual facilitarán copia de la misma
al Consejo Escolar, al Claustro de Profesorado, a las asociaciones de madres y
padres del alumnado, al personal de administración y servicios y colocará copia
en el tablón de anuncios del centro docente.
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