“Esas cosas, aunque sean verdad, no se han de decir”. Francisco de Quevedo y Villegas en “El Buscón”

lunes, 21 de diciembre de 2020

RESOLUCIÓN DE 14 DE DICIEMBRE DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO E INNOVACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA RELACIÓN DE CENTROS BENEFICIARIOS DEL PLAN ESCOLAR DE CONSUMO DE FRUTAS Y HORTALIZAS, 2020/2021, ASÍ COMO TODAS SUS MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO.

Resolución de 14 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se hace pública la relación de centros beneficiarios del plan escolar de consumo de frutas y hortalizas, 2020/2021, así como todas sus medidas de acompañamiento.
EL C.E.I.P. "Victoria Díez" ha sido seleccionado para:
  • Anexo I: plan escolar de consumo de frutas y hortalizas.

  • Anexo III: kit para el mantenimiento de huertos escolares.

  • Anexo IV: talleres en los centros sobre huertos escolares.

  • Anexo V: actividad desayuno saludable día de Andalucía. 20 botellas de aceite de oliva virgen extra.

martes, 8 de diciembre de 2020

RESOLUCIÓN DE 2 DE DICIEMBRE DE 2020, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE PUBLICA EL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL, LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P., PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA "EDUCA EN DIGITAL", MEDIANTE ACCIONES PARA APOYAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DEL SISTEMA EDUCATIVO.

Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la Junta de Andalucía y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la ejecución del programa "Educa en digital", mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.
Segunda. Actuaciones.
Las actuaciones del presente Convenio (en adelante «las actuaciones») se enmarcarán en los siguientes ámbitos:
 
1. Actuaciones de dotación de puestos educativos en el hogar y otros equipos adicionales.
 
2. Actuaciones de dotación de recursos educativos digitales: aplicaciones, herramientas y recursos curriculares. Puesta a disposición de aplicaciones, herramientas y recursos curriculares que faciliten la educación digital, tanto presencial en el centro como desde el hogar. En el desarrollo de estas actuaciones se contempla la confección de un inventario detallado de los recursos digitales con los que cuenta el sistema educativo, que incluya aplicaciones y contenidos, así como el análisis de necesidades, al objeto de determinar la diferencia entre los recursos de todo tipo disponibles y los necesarios.
 
3. Actuaciones de formación para la competencia digital docente. Acciones para adecuar las competencias digitales del conjunto del profesorado al empleo de las TIC en su labor diaria, así como el desarrollo y aplicación de metodologías para la enseñanza en un contexto digital y, eventualmente, deslocalizado.
 
4. Actuaciones de aplicación de la inteligencia artificial para establecer itinerarios de aprendizaje personalizados. Realización de proyectos basados en inteligencia artificial, de asistencia a docentes, alumnos y autoridades educativas, que permitan establecer itinerarios de aprendizaje personalizados para el alumnado, llevar el seguimiento de su actividad, y el análisis tanto individualizado como agregado de su evolución. En la aplicación de estos sistemas basados en inteligencia artificial deberán tenerse en cuenta los posibles sesgos de géneros tanto en la definición de los algoritmos, como en los contextos en los que se van a aplicar.
 
5. Actuaciones de difusión, gestión, seguimiento y evaluación. Actuaciones para la gestión y seguimiento de lo proyectado en el marco del presente Convenio, incluidos trabajos de auditoría, gestión y apoyo técnico necesarios para su ejecución y para el cumplimiento de los requisitos establecidos… al objeto de difundir las actuaciones y resultados que se deriven del presente Convenio, se podrán desarrollar acciones de difusión y comunicación. En estas acciones de difusión y comunicación figurará la identificación del Gobierno de España, Ministerio de Educación y Formación Profesional, Comunidad Autónoma de Andalucía y Red.es junto con la correspondiente al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
Tercera. Obligaciones de las Partes.
1. Obligaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
 
2. Obligaciones de Red.es.
 
3. Obligaciones de la Comunidad Autónoma.
 

domingo, 22 de noviembre de 2020

DESDE el JUEVES, 12 de NOVIEMBRE de 2020… NO SOY MIEMBRO del CONSEJO ESCOLAR del C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ".

FUNDAMENTOS de DERECHO:
El Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA núm. 34, de 16/07/2010)…
 
Establece en su artículo 52, elección y renovación del Consejo Escolar, apartado 1 que la elección de todos los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa en el Consejo Escolar se realizará por dos años.
 
El su apartado 2 dispone que el procedimiento ordinario de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico de los años pares.
 
El artículo 53, procedimiento para cubrir vacantes en el Consejo Escolar, en su apartado 1 establece que la persona representante que, antes del procedimiento ordinario de elección que corresponda, dejara de cumplir los requisitos necesarios para pertenecer al Consejo Escolar, generará una vacante que será cubierta por el siguiente candidato o candidata no electo de acuerdo con el número de votos obtenidos. Para la dotación de las vacantes que se produzcan, se utilizará la relación del acta de la última elección. En el caso de que no hubiera más candidaturas para cubrir la vacante, quedaría sin cubrir hasta el próximo procedimiento de elección del Consejo Escolar. Las vacantes que se generen a partir del mes de septiembre inmediatamente anterior a cada elección se cubrirán en la misma y no por sustitución.
 
La Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Córdoba, por la que se acuerda autorizar el cambio de fecha en el procedimiento de elección de las personas representantes en los Consejos Escolares para el curso 2020/2021.
(BOJA número 195 > Miércoles, 7 de octubre de 2020).
 
Establece en su disposición segunda que las fechas de las respectivas actuaciones de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos y de los Consejos de Centro en la provincia de Córdoba se fijarán en el plazo más breve posible, una vez declarado el fin de la situación de emergencia sanitaria por las autoridades competentes o cuando lo permitan las medidas de organización y funcionamiento de los centros docentes, adoptadas, conforme al apartado 32.1 de la Orden de 19 de junio de 2020, por la Consejería de Educación y Deporte para hacer frente a la emergencia sanitaria COVID-19.
 
Según consta en el acta correspondiente, fui elegido miembro del Consejo Escolar el 11 de noviembre de 2018.
POR TODO ELLO:
No habiendo un DECRETO que prolongue, en más de dos años, mi pertenencia al Consejo Escolar del C.E.I.P. "Victoria Díez", hemos de concluir, que a las 0:00 horas del jueves, 12 de noviembre de 2020 dejé de ser miembro del Consejo Escolar del Centro por haber expirado el plazo para el que fui elegido en su día de conformidad con la normativa vigente.
 
Desde mi leal saber y entender, al haberse producido una vacante en el Consejo Escolar, estimo que se debe aplicar lo dispuesto en la Circular de 16 de noviembre de 2020 relativa al procedimiento de cobertura de vacantes en los consejos escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Andalucía, a excepción de los centros permanentes de personas adultas, en el curso 2020/2021.

sábado, 21 de noviembre de 2020

sábado, 31 de octubre de 2020

CIRCULAR DE 29 DE OCTUBRE DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE ACLARAN DETERMINADOS ASPECTOS RELATIVOS A LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS CON MENORES DE 14 AÑOS O PERSONAS DEPENDIENTES A SU CARGO QUE RESULTEN AFECTADAS POR EL CIERRE TOTAL O PARCIAL DE CENTROS ESCOLARES O ASISTENCIALES, DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR ALGÚN CASO DEBIDAMENTE CONFIRMADO DE COVID-19 EN LA UNIDAD FAMILIAR, ASÍ COMO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS CON MENORES DE 14 AÑOS O PERSONAS DEPENDIENTES CONVIVIENTES QUE TENGAN SÍNTOMAS COMPATIBLES CON EL COVID-19 O QUE SE ENCUENTREN EN PERIODO DE CUARENTENA DOMICILIARIA POR HABER MANTENIDO UN CONTACTO ESTRECHO CON ALGUNA PERSONA DIAGNOSTICADA DE COVID-19 (SARS-COV-2).

Circular de 29 de octubre de 2020, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aclaran determinados aspectos relativos a la situación de las personas trabajadoras con menores de 14 años o personas dependientes a su cargo que resulten afectadas por el cierre total o parcial de centros escolares o asistenciales, de las personas afectadas por algún caso debidamente confirmado de COVID-19 en la unidad familiar, así como de las personas trabajadoras con menores de 14 años o personas dependientes convivientes que tengan síntomas compatibles con el COVID-19 o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber mantenido un contacto estrecho con alguna persona diagnosticada de COVID-19 (SARS-COV-2).
Modalidad de trabajo no presencial para determinadas situaciones originadas por el Covid.

El objeto de la presente circular es aclarar determinados aspectos relacionados con la situación de las personas trabajadoras con menores de 14 años o personas dependientes a su cargo que resulten afectadas por el cierre total o parcial de centros escolares o asistenciales, de las personas afectadas por algún caso debidamente confirmado de COVID-19 en la unidad familiar, así como de las personas trabajadoras con menores de 14 años o personas dependientes convivientes que tengan síntomas compatibles con el COVID-19 o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber mantenido un contacto estrecho con alguna persona diagnosticada de COVID-19.

 

miércoles, 21 de octubre de 2020

ACUERDO DE 13 DE OCTUBRE DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE RATIFICA EL ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES REPRESENTADAS EN LA MESA SECTORIAL DE EDUCACIÓN, SOBRE LA AMPLIACIÓN DE LAS PLANTILLAS DE PROFESORADO DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS, LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE TRABAJO NO PRESENCIAL AL ÁMBITO DOCENTE Y OTRAS MEDIDAS ADICIONALES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO PARA ATENDER LA SITUACIÓN CREADA POR EL CORONAVIRUS COVID-19.

Acuerdo de 13 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Educación, sobre la ampliación de las plantillas de profesorado de los centros docentes públicos, la aplicación del régimen de trabajo no presencial al ámbito docente y otras medidas adicionales de carácter extraordinario para atender la situación creada por el coronavirus COVID-19.